Preguntas frecuentes
Es un título en dólares americanos transferible emitido por Conaprole a plazos de 1 año o más el cual paga intereses semestrales y le brindan al Conahorrista el derecho a solicitar la devolución total o parcial de sus inversiones a la par en fechas predefinidas (generalmente cada seis meses a contar desde la fecha de la suscripción).
A través de Internet, desde el portal del Banco República www.bancorepublica.com.uy, o a través de cualquier corredor de Bolsa.
En el caso de adquirirlas a través del Brou, el inversor debe estar habilitado como usuario e-brou, con permisos para transferir entre cuentas propias, y debe contar además con una Caja de Ahorros en dólares (no necesaria si tiene Cuenta Corrientes en dólares) asociada a una “Cuenta Títulos”. Si usted no reúne estos requisitos mínimos, puede gestionarlos hoy mismo y sin costo en cualquier Agencia o Sucursal del Banco República.
Además, si usted lo desea, podrá ingresar la suscripción en cualquier Agencia o Sucursal del Banco de la República accediendo a e-brou con el auxilio de un funcionario.
Si, en el caso de los corredores, no siempre en el caso de otro banco.
La operativa no tiene ningún costo para el inversor (Conaprole ha decidido asumir el costo de suscripción que el Banco República y los Corredores de Bolsa cobran al inversor por su servicio). La apertura de la Caja de Ahorros y de la Cuenta Títulos, la asignación del usuario e-brou, la suscripción e integración de los títulos Conahorro, así como los créditos por intereses y por devolución del capital al vencimiento, serán sin costo para el inversor.
Las fechas marcadas para la apertura del período de suscripción de Conahorro son el día 20 de cada mes en que cambia la estación (Marzo / Junio / Setiembre / Diciembre). Sin perjuicio que las solicitudes solo se recibirán en ese día, con anterioridad los interesados podrán informarse, obtener el usuario e-brou y abrir las cuentas si ya no poseen estos elementos, así como depositar el importe que aspiren suscribir.
Conaprole, a través de sus emisiones de Conahorro, quiere compartir su éxito empresarial con todos los uruguayos y de allí que busca privilegiar a la persona como tal antes que a su capacidad de contribución financiera. Por tanto, toda persona que quiera invertir una suma superior o igual a US$ 1.000 va a tener la posibilidad de comprar. Ahora bien, como el monto total de emisión es siempre una suma limitada y el punto de partida es que todo inversor que ingrese una solicitud de suscripción termine invirtiendo, Conaprole – con todas las solicitudes de suscripción a la vista – determinará – dentro de las 24 horas siguientes al cierre del período de suscripción – el monto máximo de inversión a aceptar por inversor (este tope maximo es igual para todos los inversores). En definitiva, Conaprole solo aceptará suscripciones hasta dicho límite, la diferencia entre la solicitud de suscripción ingresada y el límite máximo que se acepte permanecerá en la cuenta del Conahorrista a su disposición.
A través de la misma cuenta de Caja de Ahorros o de Cuentas Corrientes en el BROU que se requirió para la suscripción.
Impuesto a la Renta de la Persona Física
- si el inversor es persona física residente, los intereses que genere este instrumento están alcanzados por las mismas tasas que gravan a toda colocación financiera privada. Esto es. 12% si el plazo es de 3 años o menos, y 7% si el plazo del instrumento es superior a 3 años. El IRPF es retenido y pagado por el emisor por lo que el interesado no deberá realizar ningún tipo de declaración de impuestos por este concepto.
- si el inversor es no residentes se aplica el IRNR, cuyos gravámenes son similares al IRPF.
Impuesto al Patrimonio
- Según lo establecido en el instructivo para la liquidación del Impuesto al Patrimonio emitido por DGI,
- se considerará un Activo Exento Computable al sólo efecto de la determinación del Ajuar, la tenencia de obligaciones al portador, emitidas por empresas (se coticen o no en la Bolsa de Valores) y nominativas (sólo cuando se coticen en bolsa). Las obligaciones nominativas que no cotizan en la Bolsa de Valores se considerara activos gravados (artículo 22° del Título 14)
- En cuanto a su valuación, se tomarán por su cotización en la Bolsa de Valores al 31 de Diciembre, o en su defecto por la anterior más próxima. En caso de no ser cotizadas y ser al portador, se tomarán por su valor de costo actualizado por el índice de precios al productor de productos nacionales (IPPN).
- Nuestros asesores fiscales, sin embargo, entienden que debería primar lo establecido en el artículo 24° del Título 14 (por sobre el artículo 22° del mismo Título en el cual se basa el instructivo de la DGI), por haber sido publicado por una Ley posterior.
- “Artículo 24°.- Queda exonerada de este impuesto la tenencia de obligaciones emitidas por empresas. La presente exoneración estará condicionada a que las obligaciones de referencia se coticen en la Bolsa de Valores.”
Por lo anterior, entendemos que los Conahorro por tener cotización bursátil tendrían una exoneración total del Impuesto al Patrimonio y no deberían considerarse para la determinación del ajuar.
Por lo general, en cada fecha de pago de intereses, el inversor puede solicitar – en la misma institución donde efectuó la suscripción – que le sea devuelto el capital invertido (en algunos casos se devuelve en cada aniversario de la emisión). Esta solicitud debe realizarse con 30 días de anticipación al pago de intereses. Conaprole se compromete a efectuar estas devoluciones anticipadas de capital por hasta un monto global especificado en los Términos y Condiciones de cada serie (por lo general, US$ 1.000.000 aunque puede variar). Si el importe total de devoluciones anticipadas superara el tope fijado en los Términos y Condiciones de la serie de que se trate, se le devolverá a cada inversor la prorrata que le corresponda del total de solicitudes recibidas
Si, justamente por ser un documento transferible puede ser vendido en cualquier momento. La venta puede hacerse a través del propio Banco de la República, de los corredores, o llamando a Conaprole.